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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 28
COHECHO. DIRECCION GENERAL DE GAS. TIENE CARACTER DE SERVICIO PUBLICO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 28
La Dirección General de Gas de la Secretaría de Industria y Comercio, presta un servicio público, ya que viene a complementar el de la distribución de gas L.P. concesionado a particulares, toda vez que, sin su intervención, las características de periodicidad, regularidad y continuidad de todo servicio público, no podrían llevarse a cabo; y por lo tanto, el ofrecimiento de dinero hecho por terceros a las personas encargadas de la Dirección General de Gas, para que hagan algo injusto relacionado con sus funciones, constituye el delito de cohecho.
Precedentes
Amparo directo 4458/74. Martín Kreimerman Cohen. 18 de abril de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Amparo directo 4429/74. Florentino González Carranza. 18 de abril de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Rodolfo Moreno Ballinas.
Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "COHECHO, REQUISITOS DE ESPONTANEIDAD EN EL DELITO DE.".