Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235571
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235571
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 39
IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES. ABSORBE A LA TRANSPORTACION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 39
La transportación que se haga de un estupefaciente, queda subsumida en la importación de la droga, cuando aquélla viene a constituir el elemento necesario para que la droga pueda ser introducida al país ilegalmente.
Precedentes
Amparo directo 17/73. Robert Kenneth Boles. 23 de abril de 1975. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Manuel Rivera Silva.