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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 47
PLAGIO Y USURPACION DE FUNCIONES. NO SE ABSORBEN.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 47
Aun cuando se alegue por el inculpado que el delito de usurpación de funciones debe considerarse subsumido en el plagio, ya que de otra manera éste no lo hubiera podido realizar, esa pretensión es inoperante, en razón de que los elementos materiales que constituyen una y otra infracción, son por completo distintos.
Precedentes
Amparo directo 5150/74. Florentino Barragán Rojas. 14 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.