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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235588
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 54

SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Segunda Parte; Pág. 54

Precedentes

Amparo directo 4069/74. Manuel Alvarez de Teresa. 17 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Mario G. Rebolledo. Amparo directo 4026/74. Jesús Mario Ferreiro Batiza. 17 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Mario G. Rebolledo. Amparo directo 2483/73. Marco Antonio Argüello Ramírez. 3 de abril de 1975. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Homero Ruiz Velázquez. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD, DELITOS CONTRA LA. POSESION DE ENERVANTES. ATENUACION DE LA PENA ESTABLECIDA EN LAS REFORMAS AL CODIGO PENAL FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 235588