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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235599
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 19

CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LA. PROCESOS PREVIOS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 4635/74. Domingo Barrera Martínez. 19 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen II, página 16. Amparo directo 4339/56. Antonio Rubio Contreras. 28 de agosto de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Véanse: Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LI, página 31, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL IMPROCEDENTE.". Volumen III, página 54, tesis de rubro "CONDENA CONDICIONAL.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, tesis 72, página 156, bajo el rubro "CONDENA CONDICIONAL. PROCESOS PREVIOS.". Nota: En el Volumen II, página 16, la tesis aparece bajo el rubro "CONDENA CONDICIONAL.".
Registro digital (IUS): 235599