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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 44
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRANSPORTACION. SUPONE DESPLAZAMIENTO DE UNO A OTRO MEDIO DIFERENTES.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 44
La modalidad de transportación del delito contra la salud se actualiza cuando la acción abarca lugares distintos que impliquen desplazamiento de uno a otro medio diferentes, pues de no ser así cualquier simple cambio de lugar constituiría la modalidad indicada, lo que si gramaticalmente sería correcto, jurídicamente no lo es ya que el concepto de transportación lleva imbíbito el desplazamiento de un lugar a otro, implicativo de medio o región diferentes. En tales condiciones, no se acredita la modalidad de transportación aun cuando el inculpado al abordar un automóvil de alquiler que había contratado, lo haya hecho llevando el estupefaciente afecto a la causa y que lo condujo en un trayecto de cuadra y media hasta que fue detenido, pues tal circunstancia no puede constituir, legalmente, la modalidad de que se trata.
Precedentes
Amparo directo 5682/74. Julio Macías Prieto. 12 de marzo de 1975. Unanimidad de Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.