Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235624
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235624
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 47

TESTIGOS, APRECIACION DE SUS DECLARACIONES.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 75, Segunda Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 4658/71. Florentino Gil López. 24 de marzo de 1975. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo directo 4657/71. Modesto Torres Gil. 24 de marzo de 1975. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 52, página 43, tesis de rubro "TESTIGOS, PREFERENCIA EN LA VALORACION DE LAS DECLARACIONES DE LOS.". Volumen 32, página 53, tesis de rubro "TESTIGOS, CONTRADICCION ENTRE LOS.".
Registro digital (IUS): 235624