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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Segunda Parte; Pág. 21
FRAUDE MAQUINADO NO CONFIGURADO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Segunda Parte; Pág. 21
Para que se integre la modalidad de fraude maquinado, deben existir medios engañosos apoyados en hechos materiales, exteriores, tangibles o perceptibles que den forma precisa y suficiente a la mentira para hacerla creíble; es decir, los engaños deben estar apoyados en hechos materiales, como por ejemplo una credencial para hacerse pasar por alguna persona con representación de alguna firma importante o bien presentar cartas de recomendación o garantías que faciliten al agente hacerlo sujeto de crédito, lo que vendría a constituir una maquinación o artificio para engañar; lo que no ocurre si el inculpado, sin valerse de ningún subterfugio de esta especie, obtiene el lucro indebido.
Precedentes
Amparo directo 2560/74. Rogelio Humberto Medellín Macías. 7 de febrero de 1975. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A.
Séptima Epoca, Segunda Parte:
Volumen 63, página 25. Amparo directo 148/73. María del Refugio Ramos Serrano. 7 de marzo de 1974. Mayoría de tres votos. Disidente: Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Abel Huitrón y A. Secretario: Arturo Delgado Pimentel.