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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235643
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Segunda Parte; Pág. 31
PECULADO Y FRAUDE. DISTINCION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 74, Segunda Parte; Pág. 31
En el delito de fraude es necesario que el agente recurra a engaños, mentiras, dolo que deje en error o artificios o maquinación, y en el delito de peculado basta con que el agente aun en participación con un encargado de un Servicio Público, distraiga de su objeto la cosa o cosas que haya recibido para el legítimo fin a que estaban destinadas.
Precedentes
Amparo directo 2560/74. Rogelio Humberto Medellín Macías. 7 de febrero de 1975. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A.