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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235661
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 13
ARMAS, PORTACION DE, POR MILITARES RETIRADOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 13
El que el inculpado ostente el carácter de militar retirado, si bien lo faculta a usar el uniforme correspondiente a su grado, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 324 del Reglamento General de Deberes Militares, no le confiere en cambio autorización o derecho para portar armas cuando las mismas no forman parte del uniforme reglamentario, y menos aún para portarlas cuando no se encuentre uniformado.
Precedentes
Amparo directo 4283/74. Darío Rosales Berlín. 27 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.