Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235663
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235663
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 15

CONDENA CONDICIONAL, LA ACEPTACION DEL BENEFICIO A LA, NO DEBE SUJETARSE A TERMINO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 4283/74. Darío Rosales Berlín. 27 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Registro digital (IUS): 235663