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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 17
DROGAS, USO VOLUNTARIO DE, NO EXCLUYENTE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 17
El hecho de que el acusado alegue que cuando cometió los ilícitos se encontraba bajo los efectos de una droga, tal circunstancia de ninguna manera lo libera de responsabilidad, ya que para que un individuo no sea castigado al cometer ilícitos bajo el influjo de sustancias tóxicas o estupefacientes, es menester que la ingestión de estos enervantes, sea involuntaria.
Precedentes
Amparo directo 5973/73. Mauro Aguirre Lara. 23 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.