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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235679
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 35

SALUD, DELITO CONTRA LA. PRUEBA INSUFICIENTE. PARTE DE AGENTES DE LA POLICIA JUDICIAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 73, Segunda Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 2415/74. Julián Morales González y J. Natividad Pérez González. 16 de enero de 1975. Mayoría de tres votos, en contra del emitido por el Ministro Relator Mario G. Rebolledo F. Secretario: Edmundo Alfaro M. Nota: En el Informe de 1975, la tesis aparece bajo el rubro "RESPONSABILIDAD DEL QUEJOSO. NO SE PRUEBA CUANDO SOLO SE FINCA EN EL DICHO DE LOS AGENTES CAPTORES (DELITO CONTRA LA SALUD).".
Registro digital (IUS): 235679