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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235697
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Segunda Parte; Pág. 21

ARMAS, POSESION DE. INFRACCION ADMINISTRATIVA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Segunda Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo directo 5043/73. Alberto Pedraza Gaytán y Severiano Gaytán García. 28 de Noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 55, página 13. Amparo directo 1040/73. Rodrigo Felícitos Ayala Leal. 27 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Nota: En el Volumen 55, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "ARMAS PROHIBIDAS, PORTACION DE, Y POSESION. DISTINCION (LEGISLACION FEDERAL).".
Registro digital (IUS): 235697