Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235759
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 15
CALIFICATIVAS. FALTA DE PRUEBA DE ALGUNA DE LAS IMPUTADAS, SI LA PENA IMPUESTA ES LA MINIMA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 15
No obstante que no se haya probado en la secuela del proceso alguna de las calificativas del delito, por las que se haya condenado al acusado, es improcedente conceder el amparo, si la pena impuesta es menor que la mínima que señala la ley, a pesar de ser fundado el concepto alegado al respecto.
Precedentes
Amparo directo 1879/74. Jesús Salas Betancourt. 20 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Secretario: Edmundo Alfaro Martínez.