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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235760
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 15

CAREOS, OMISION DE LOS, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 1920/74. Francisco Villegas Cárdenas. 11 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 66, página 19. Amparo directo 431/74. Michael Warren Foley. 12 de junio de 1974. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 64, página 19. Amparo directo 5933/73. Eleazar Medrano Arzaga. 15 de abril de 1974. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Ezequiel Burguete Farrera. Ponente: Ernesto Aguilar. Secretario: Raúl Murillo Delgado. Volumen 60, página 13. Amparo directo 3733/73. J. Trinidad Hernández González y coagraviados. 3 de diciembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 56, página 25. Amparo directo 1424/73. Pedro Camps Montserrat. 23 de agosto de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 55, página 25. Amparo directo 800/73. Isabel Barrera de los Santos. 16 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 54, página 15. Amparo directo 299/73. Cipriano Cibrián Torres. 14 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 39, página 15. Amparo directo 6182/71. Reynaldo Rosales Flores y coagraviados. 23 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 37, página 15. Amparo directo 5010/71. Alfredo Alejandre Yáñez. 21 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen I, página 15. Amparo directo 2769/51. Casimiro Aguilar Romero y coagraviado. 31 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Tercera Parte, tesis 806, página 521. Nota: En el Volumen 39, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS, OMISION DE, NO VIOLATORIA DE GARANTIAS, CASO DE CONFESION DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS.". En el Volumen I, página 15, la tesis aparece bajo el rubro "CAREOS.".
Registro digital (IUS): 235760