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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235780
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 49

VIOLACION, EXISTENCIA DEL DELITO DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo directo 5784/73 Aarón Carreón Linares. 6 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Amparo directo 339/74. Ausencio Gómez Rodríguez. 6 de septiembre de 1974. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 300, página 585, bajo el rubro "VIOLACION, EXISTENCIA DEL DELITO DE.".
Registro digital (IUS): 235780