Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235781
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 49
VIOLACION TUMULTUARIA, CERTIFICADO MEDICO TRATANDOSE DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Segunda Parte; Pág. 49
Tratándose de una violación tumultuaria no es posible que el certificado médico ginecológico, que es un dictamen de carácter técnico, establezca que la persona o una de las personas que copuló con la agraviada haya sido exactamente el inculpado.
Precedentes
Amparo directo 2150/74. Ricardo Olvera Fernández. 6 de septiembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.