Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235797
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235797
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 31
IDENTIFICACION DEL ACUSADO. NO VIOLA GARANTIAS NI VULNERA LA SUSPENSION CONCEDIDA EN AMPARO CONTRA LA FORMAL PRISION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 31
La ficha signalética y reseña antropométrica del sentenciado, no viola garantía alguna en perjuicio del quejoso ni vulnera la suspensión definitiva que le haya sido concedida en contra del auto de formal prisión, en el amparo relativo, en razón de que la identificación y comunicación del sentido del fallo son consecuencias legales de la sentencia que pone fin al proceso, y su observancia por el órgano jurisdiccional es obligatoria, por señalarse expresamente en el artículo 165 del Código Federal de Procedimientos Penales; además de que la suspensión solamente surte efectos en relación con el acto o actos reclamados respecto de los cuales fue concedida, y si se decretó solamente en cuanto el auto de formal prisión, sus efectos no pueden afectar la resolución definitiva con la que culmina el proceso, la que constituye un acto independiente y no reclamado en aquel amparo.
Precedentes
Amparo directo 866/74. Manuel Nava Gaytán. 1o. de agosto de 1974. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Secretario: Raúl Murillo Delgado.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "ACUSADO, IDENTIFICACION DEL. NO VIOLA GARANTIAS NI VULNERA LA SUSPENSION CONCEDIDA EN AMPARO CONTRA LA FORMAL PRISION.".