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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235815
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 46

SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO. ABSORBE A LA VENTA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo directo 235/74. José Palma Cano. 16 de agosto de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Secretario: Homero Ruiz Velázquez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 117 y 119, páginas 246 y 247, bajo los rubros "DROGAS, ENERVANTES, TRAFICO DE." y "DROGAS ENERVANTES. VENTA.". Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO Y VENTA. ESTA MODALIDAD SE SUBSUME EN LA ANTERIOR".
Registro digital (IUS): 235815