Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/235819
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 49
TRASTORNO MENTAL INVOLUNTARIO, PRUEBA DEL.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 68, Segunda Parte; Pág. 49
Para la procedencia de la excluyente de responsabilidad a que se refiere la fracción II del artículo 15 del Código Penal del Distrito Federal, es necesaria una prueba pericial psiquiátrica que determine la existencia en el sujeto de un trastorno mental involuntario como consecuencia de un síndrome latente.
Precedentes
Amparo directo 966/74. Manuel Hernández Muñoz. 7 de agosto de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.