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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Segunda Parte; Pág. 33
RIÑA, MODIFICATIVA INEXISTENTE EN EL ESTADO DE VERACRUZ.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Segunda Parte; Pág. 33
En la Legislación Penal del Estado de Veracruz, la riña no constituye una forma privilegiada de ejecución de los delitos contra la vida e integridad corporal.
Precedentes
Amparo directo 5490/73. José Valentín Aldana Cortés. 11 de julio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.
Amparo directo 268/74. Filadelfo Duarte Núñez. 1o. de julio de 1974. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.