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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Segunda Parte; Pág. 13
ACUMULACION REAL (HOMICIDIO).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Segunda Parte; Pág. 13
En la acumulación real o concurso material de delitos, éstos son producto de varias acciones u omisiones, y la característica usual de la ideal o concurso formal es la de que con una sola acción u omisión se originen diversas violaciones a las normas penales. Así pues, con independencia de la intención criminal, debe atenderse a la autonomía de los actos ilícitos realizados, pues puede existir unidad en la intención de consumar dos hechos lesivos sucesivos, sin que se destruya la dogmática de la acumulación material, supuesto que la forma o concurso ideal sólo se integra, como ya se dijo, cuando en un solo hecho, ejecutado en un solo acto, se violan varias disposiciones penales, o sea, que haya unicidad de acción con pluralidad de resultados, sin importar la unicidad anímica del agente; por lo que si éste primero lesiona mortalmente a un pasivo y en seguida suprime la vida de otro, no es de aplicarse esta regla, sino la del concurso real de delitos.
Precedentes
Amparo directo 697/74. Jeremías Covarrubias Solares. 14 de junio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 10, página 41, bajo el rubro "ACUMULACION REAL Y ACUMULACION IDEAL. CONCEPTO DE.".