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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Segunda Parte; Pág. 53
TOXICOMANIA. AGENTES DE LA POLICIA JUDICIAL FEDERAL. CARECEN DE CAPACIDAD TECNICA PARA CALIFICARLA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Segunda Parte; Pág. 53
Los agentes de la Policía Judicial Federal únicamente operan dentro de los límites de su actividad propia como investigadores y perseguidores de los delitos, y aun cuando pueden ofrecer cierta práctica por la constancia de sus actividades en lo que se refiere al ilícito contra la salud, no son personas especializadas ni capacitadas, desde el punto de vista estrictamente técnico, para diagnosticar si una persona es o no toxicómana.
Precedentes
Amparo directo 215/74. Eduardo Luis Prieto Díaz. 6 de junio de 1974. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.