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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235881
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Segunda Parte; Pág. 13
ABUSO DE CONFIANZA, ELEMENTOS DEL DELITO DE. NO LO ES EL MONTO DE LO DISTRAIDO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Segunda Parte; Pág. 13
Los elementos integradores del delito de abuso de confianza son tres: a) Que se haya entregado la cosa en confianza o en virtud del contrato sin transferir el dominio; b) Que la confianza se haya alcanzado con fin distinto que el de disponer de lo ajeno, y c) Que se haya dispuesto de la cosa; ilícito que no puede desintegrarse si hay omisión respecto del monto distraído, por no ser elemento del tipo; con mayor razón, si es el propio abusario quien lo precisa.
Precedentes
Amparo directo 498/74. Alfonso Arévalo Fonseca. 2 de mayo de 1974. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.