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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235908
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 64, Segunda Parte; Pág. 27

MINISTERIO PUBLICO, CITA ERRONEA DE PRECEPTOS LEGALES POR EL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 64, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 1269/73. Manfredo Martínez Pérez. 15 de abril de 1974. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CXXIV, página 36. Amparo directo 8327/66. Benjamín Olivares de la Cerda. 26 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen LXXIX, página 29. Amparo directo 1580/63. Juan Sánchez López y Guadalupe Robles Gamboa. 10 de enero de 1964. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega. Nota: En el Volumen CXXIV, página 36, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CITA EQUIVOCADA DE PRECEPTOS HECHA POR EL (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).". En el Volumen LXXIX, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO. CITA EQUIVOCADA DE PRECEPTOS HACHA POR EL.".
Registro digital (IUS): 235908