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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235930
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Segunda Parte; Pág. 28
INSPECCION JUDICIAL PRACTICADA POR ACTUARIO DE JUZGADO DE DISTRITO. VALIDEZ.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Segunda Parte; Pág. 28
Las diligencias de inspección judicial practicadas por los actuarios de los Juzgados de Distrito tienen plena validez, ya que los actuarios tienen la capacidad legal para practicarlas y el resultado de éstas tiene el valor de prueba plena, pues el actuario está investido por disposición de la ley de fe pública.
Precedentes
Amparo directo 4774/73. Nels Nicholas Niemi. 4 de marzo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.