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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 235952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Segunda Parte; Pág. 42
SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Segunda Parte; Pág. 42
Es inexacto que sólo el traslado del enervante integre el tráfico, pues es indudable que la compraventa del mismo constituye una de las formas más frecuentes del tráfico de estupefacientes.
Precedentes
Amparo directo 4564/73. Moisés Vega Beall y coagraviados. 15 de marzo de 1974. Mayoría de tres votos. Disidentes: Abel Huitrón y A. y Mario G. Rebolledo F. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 117 y 118, páginas 246 y 247 respectivamente, bajo los rubros "DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE." y "DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE. TOXICOMANOS.".