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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
235984
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Segunda Parte; Pág. 23

EXPORTACION DE ESTUPEFACIENTES, INTEGRACION DEL DELITO DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Segunda Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 4516/73. José Refugio Ornelas Chávez. 31 de enero de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 60, Segunda Parte, página 15, tesis de rubro "IMPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, MOMENTO EN QUE SE DA POR CONSUMADO EL DELITO DE.".
Registro digital (IUS): 235984