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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236008
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Segunda Parte; Pág. 47

SALUD, DELITO CONTRA LA. TRAFICO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Segunda Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 4109/73. Felipe May. 17 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 45, página 31. Amparo directo 1079/72. José Socorro Rangel Mendoza. 4 de septiembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Volumen 45, página 31. Amparo directo 6152/71. Miguel Morfín Espinoza. 4 de septiembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Abel Huitrón y A. Volumen 42, página 44. Amparo directo 131/72. Víctor Manuel Figueroa Velázquez. 19 de junio de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Volumen 42, página 44. Amparo directo 5495/71. Manuel Zazueta Beltrán. 19 de junio de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo II, Tercera Parte, tesis 921, página 583, bajo el rubro "MARIHUANA, TRAFICO DE. NO LO CONTEMPLA EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.". Nota: En el Volumen 45, página 31, la tesis aparece bajo el rubro "MARIHUANA, COMPRA Y TRAFICO DE. MODALIDADES NO CONTEMPLADAS EN EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.".
Registro digital (IUS): 236008