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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236020
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 19
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA. DELINCUENTES PRIMARIOS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 19
La autoridad de instancia no está obligada a considerar en el sujeto activo del delito una temibilidad mínima por ser un delincuente primario, sino que debe tener en cuenta para fijar la gravedad de la conducta delictiva, todos los datos que al respecto arroje la causa.
Precedentes
Amparo directo 2489/73. Julio Herrera Guzmán. 3 de diciembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.