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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236022
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 20

POLICIAS, RIÑA ENTRE PARTICULARES Y, NO CONFIGURADA.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo directo 3256/73. Martín Rodríguez Camacho. 3 de diciembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 47, página 37. Amparo directo 3446/72. Pascual García Govea. 24 de noviembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Volumen 2, página 29. Amparo directo 8078/68. Manuel Rodríguez Ramos. 10 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Nota: En el Volumen 2, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA ENTRE POLICIAS Y PARTICULARES, NO CONFIGURADA.".
Registro digital (IUS): 236022