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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236023
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 21
SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. SE SUBSUME EN LA TRANSPORTACION, POR EXCEPCION.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 21
La modalidad de posesión de enervantes, por excepción, puede subsumirse en la transportación, cuando la conducta del agente es ajena a cualquiera otra actividad que no sea la circunscrita a transportar un enervante a cuyo fin necesita poseerlo para ese sólo propósito de traslación.
Precedentes
Amparo directo 3519/73. Jesús Osuna Iribe. 6 de diciembre de 1973. Mayoría de tres votos. Disidentes: Manuel Rivera Silva y Ernesto Aguilar Alvarez. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.