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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236024
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 23
TESTIMONIO RECABADO EN AVERIGUACION PREVIA EN DIVERSA CAUSA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Segunda Parte; Pág. 23
El hecho de que las diligencias relativas a los testimonios se practicaran en una averiguación previa diversa a la de la causa, no afecta su valor probatorio, y por tanto son válidas, puesto que el Ministerio Público es un organismo indivisible, donde todos sus agentes representan a la institución, y además las actuaciones de la averiguación previa están sometidas a normas y principios diferentes a las del proceso judicial, ya que en la averiguación el Ministerio Público actúa como autoridad y en el proceso como parte.
Precedentes
Amparo directo 2998/73. Ciro Castillo Muñiz y coagraviados. 6 de diciembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.