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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Segunda Parte; Pág. 31
SALUD, DELITO CONTRA LA. TENTATIVA DE VENTA NO CONFIGURADA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 59, Segunda Parte; Pág. 31
Si el acusado fue sorprendido cuando llevaba cierta cantidad de estupefaciente como muestra para que el comprador la examinara y después realizar la operación de venta de una cantidad mayor de la droga, no resulta comprobada la modalidad de venta en grado de tentativa, puesto que tales hechos solamente son tendientes a concertar una venta, la cual se hubiese consumado posteriormente una vez que hubiese habido acuerdo entre el posible comprador y el vendedor; mas estos hechos no pueden considerarse encaminados directa e inmediatamente a la consumación de la venta y únicamente constituyen actos preparatorios de un delito que no llegan a configurar una tentativa, ya que la conducta desplegada por el acusado sólo constituyó la preparación para, en un futuro, poder consumar una venta que aún era aleatoria, condicionada a que aceptara el comprador, en vista de la calidad de la droga.
Precedentes
Amparo directo 1548/73. Antonio González Flores. 7 de noviembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.