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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236061
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Segunda Parte; Pág. 62

POBLACION, DELITO DE VIOLACION A LA LEY GENERAL DE.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Segunda Parte; Pág. 62

Precedentes

Amparo directo 2170/73. Andrés Larrieu Hernández. 5 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen LXIV, página 30. Amparo directo 1966/62. Ralph Knigth Deloace. 17 de octubre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante. Nota: En el Volumen LXIV, página 30, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION A LA LEY GENERAL DE POBLACION, DELITO DE".
Registro digital (IUS): 236061