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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Segunda Parte; Pág. 63
PRETERINTENCIONALIDAD, NO LA CONTEMPLA EL CODIGO DE SAN LUIS POTOSI.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Segunda Parte; Pág. 63
El delito preterintencional no está contemplado en el Código Penal del Estado de San Luis Potosí; por tanto, la autoridad juzgadora obra correctamente al encuadrar la conducta antisocial del acusado dentro de lo dispuesto por la fracción II del artículo 8o. del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.
Precedentes
Amparo directo 3177/73. Enrique Ramos Moreno. 25 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.