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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236088
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 31
JURISPRUDENCIA, CARACTER DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 31
Siendo la jurisprudencia la interpretación de preceptos legales efectuada por el más Alto Tribunal de Justicia, no crea una norma nueva, sino que interpreta y determina el sentido de la ley, la cual no se modifica por el hecho de desentrañar su contenido con precisión y certeza.
Precedentes
Amparo directo 1813/73. Mario Padrón Padrón. 7 de septiembre de 1973. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ernesto Aguilar Alvarez y Manuel Rivera Silva. La publicación no menciona el nombre del ponente.