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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 55
REINCIDENCIA O HABITUALIDAD. TERMINO (LEGISLACION DEL ESTADO DE SONORA).
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 55
El artículo 17, en relación al 65, del Código Penal del Estado de Sonora, no señala término alguno, a diferencia de otras legislaciones, para que pueda considerarse a un delincuente habitual o reincidente, sino que como único requisito exige que un sancionado por sentencia ejecutoria cometa otro nuevo delito.
Precedentes
Amparo directo 3070/73. Oscar Terán Torres. 20 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.