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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236103
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 61
VENTAJA, CONCIENCIA DE LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Segunda Parte; Pág. 61
La prueba de la ventaja requiere no sólo la comprobación de los elementos materiales y objetivos, sino también el dato de carácter subjetivo consistente en la conciencia de superioridad del agente, es decir, que tuviese el conocimiento pleno de que la víctima se encontraba inerme.
Precedentes
Amparo directo 1325/73. Rodolfo Pérez Tamayo. 5 de septiembre de 1973. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ernesto Aguilar Alvarez y Mario G. Rebolledo. Engrose: Ernesto Aguilar Alvarez. La publicación no menciona el nombre del ponente:
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 294, página 576, bajo el rubro "VENTAJA, CONCIENCIA DE LA.".