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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236109
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Segunda Parte; Pág. 26

COMPETENCIA PENAL ENTRE JUECES DE DISTRITO. DEBE RESOLVERSE EN FAVOR DE AQUEL EN CUYA JURISDICCION TRATA DE EJECUTARSE EL ACTO RECLAMADO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Segunda Parte; Pág. 26

Precedentes

Competencia 40/73. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito de el Estado de Michoacán y Tercero de Distrito de el Estado de Jalisco. 16 de agosto de 1973. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo.
Registro digital (IUS): 236109