Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/236118
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236118
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Segunda Parte; Pág. 38

CHEQUES SIN FONDOS. IRRELEVANCIA DE QUE NO SE COBRE DIRECTAMENTE AL LIBRADOR.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 56, Segunda Parte; Pág. 38

Precedentes

Amparo directo 1108/73. Adán Pelayo Casillas. 29 de agosto de 1973. Cinco votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez.
Registro digital (IUS): 236118