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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236163
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Segunda Parte; Pág. 16
CREDENCIALES, TENENCIA DE, NO CONFIGURATIVA DE USURPACION DE FUNCIONES.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Segunda Parte; Pág. 16
La tenencia de una credencial falsificada, en sí misma, no tipifica el delito de usurpación de funciones; y si la credencial asignaba al acusado el carácter de empleado de un Juzgado de Distrito, con una categoría, incluso inexistente dentro del escalafón respectivo, el hecho de que pretendiese usar ese documento para evitar infracciones de tránsito, no significa una usurpación de funciones, pues para que tal delito se tipifique se requiere, categóricamente, que pretenda el sujeto activo atribuirse el carácter de funcionario público y ejerza alguna de las funciones inherentes a tal cargo, situación que no se da por la tenencia en las circunstancias apuntadas, pues el pretender evitar infracciones de tránsito no es una función específica o determinada de un empleado de un Juzgado de Distrito.
Precedentes
Amparo directo 4963/72. Juan José Gil Aceves. 6 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.