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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236179
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Segunda Parte; Pág. 44

MARIHUANA, TRAFICO DE. NO LO PREVE EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Segunda Parte; Pág. 44

Precedentes

Amparo directo 5298/72. Eliseo Cabrera Rosas. 4 de junio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 46, página 32, de rubro "MARIHUANA, TENTATIVA DE TRAFICO DE. NO LA PREVE EL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.". Volumen 45, página 32, de rubro "MARIHUANA, POSESION DE. PENALIDAD.". Volumen 43, página 25, de rubro "MARIHUANA, POSESION DE, EN TERMINOS DEL ARTICULO 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL. FINES DEL TRAFICO INOPERANTES.". Volumen 33, página 19, de rubro "MARIHUANA, TRAFICO DE. LA PENA APLICABLE ES LA DEL ARTICULO 195 Y NO LA DEL 194 DEL CODIGO PENAL FEDERAL.". Volumen 30, página 38, de rubro "MARIHUANA, MODALIDADES RURALES DE LOS DELITOS EN RELACION CON LA.".
Registro digital (IUS): 236179