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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236256
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Segunda Parte; Pág. 31
SALUD, DELITO CONTRA LA. SUMINISTRO. LA PARTICIPACION POR EL ACTIVO EN EL CONSUMO NO ES EXCLUYENTE NI MODIFICATIVA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 51, Segunda Parte; Pág. 31
El hecho de participar el acusado en el consumo de la droga en unión de la persona o personas a quienes les ha suministrado de la misma, no es excluyente de responsabilidad, ni una circunstancia que implique modificación en la tipicidad del delito, la cual se concreta en definir la conducta ilícita como la acción de suministrar a otra persona algún estupefaciente, sin llenar los requisitos que para el caso fijen las leyes, los tratados internacionales y demás disposiciones sanitarias.
Precedentes
Amparo directo 5020/72. Fausto Navarrete Zazueta. 16 de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.