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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236268
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Segunda Parte; Pág. 17
EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD Y MODIFICATIVAS, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Segunda Parte; Pág. 17
Para que operen las excluyentes de responsabilidad penal o modificativas del delito de homicidio, es preciso que tanto éstas como aquéllas se encuentren plenamente comprobadas, ya que de lo contrario, aun en los casos de duda, el homicidio será considerado genérico o simple intencional.
Precedentes
Amparo directo 4805/72. Salvador Guzmán Palencia. 2 de febrero de 1973. Mayoría de tres votos. Disidentes: Ernesto Aguilar Alvarez y Manuel Rivera Silva. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala:
Tesis 192, página 384, de rubro "MODIFICATIVAS, PRUEBA DE LAS.".
Tesis 136, página 274, de rubro "EXCLUYENTES, PRUEBA DE LAS.