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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236274
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Segunda Parte; Pág. 27

VIOLACION DE MUJER CASADA. QUERELLA NO NECESARIA SI EL MARIDO COADYUVA EN EL ILICITO (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Segunda Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 5323/72. José Luis Figueroa Romero. 28 de febrero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Aguilar Alvarez. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "VIOLACION, DELITO DE. QUERELLA DE CUALQUIERA DE LOS CONYUGES. CASO EN QUE NO ES NECESARIO ESTE REQUISITO PARA PERSEGUIRLO (LEGISLACION DE MICHOACAN).".
Registro digital (IUS): 236274