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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236275
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Segunda Parte; Pág. 13

AUTOPSIA, CERTIFICADO DE, SUSCRITO POR UN SOLO PERITO.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 5253/72. Elías Lira Morales. 25 de enero de 1973. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y Aguado. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 38, página 14. Amparo directo 688/71. Julio Jarillo Cruz. 7 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 42, página 104, de rubro "AUTOPSIA, FALTA DE.". Nota: En el Volumen 38, página 14, la tesis aparece bajo el rubro "AUTOPSIA, CERTIFICADOS DE, SUSCRITOS POR UN SOLO PERITO (LEGISLACION DE ESTADO DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 236275