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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 236277
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Segunda Parte; Pág. 15
CONCLUSIONES ACUSATORIAS DEL MINISTERIO PUBLICO.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 49, Segunda Parte; Pág. 15
Si en el pliego de conclusiones el agente las formula estimando el delito atribuido al quejoso como "calificado", pero no menciona en su escrito cuáles son las calificativas estudiadas concretamente, se impone conceder el amparo, con base en las jurisprudencias relativas, para el efecto de que se dicte nuevo fallo, considerando el delito de homicidio, como simple intencional.
Precedentes
Amparo directo 1635/72. Luis Sánchez Carlo. 8 de enero de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen CXII, página 37. Amparo directo 9740/65. Antonio Daniel Rodríguez. 24 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen CXII, página 37. Amparo directo 5167/65. José Miguel Sánchez Méndez. Cinco votos. 13 de octubre de 1966. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen CXI, página 37. Amparo directo 5446/64. Roberto Bracamontes Haro. 7 de septiembre de 1966. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Volumen CVII, página 29. Amparo directo 9139/65. Antonio Alor Torres. 2 de mayo de 1966. Cinco votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXVII, Segunda Parte, página 29, tesis de rubro "MINISTERIO PUBLICO, ALCANCE DE LA APELACION DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE MICHOACAN).".
Nota:
En el Volumen CXII, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, ACUSACION DEL, SIN PRECISAR CALIFICATIVAS.".
En el Volumen CXI, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO. DEBE PRECISAR LAS CALIFICATIVAS A QUE SE REFIERA EN SU ACUSACION.".
En el Volumen CVII, página 29, la tesis aparece bajo el rubro "MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEFECTUOSAS DEL. HOMICIDIO CALIFICADO.".