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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
236314
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 31

AMAPOLA O ADORMIDERA, SEMILLAS DE. POSESION.

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Segunda Parte; Pág. 31

Precedentes

Amparo directo 4621/71. Javier Arias Ruiz. 11 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Séptima Epoca, Segunda Parte: Volumen 42, página 13. Amparo directo 420/72. Jesús Sereno Solís. 28 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera. Volumen 42, página 51. Amparo directo 4621/71. Javier Arias Ruiz. 11 de febrero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Nota: En el Volumen 42, página 51, la tesis aparece bajo el rubro "AMAPOLA O ADORMIDERA, SEMILLAS DE. POSESION PUNIBLE.". En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "CONTRA LA SALUD, DELITO DE (POSESION DE ADORMIDERA).".
Registro digital (IUS): 236314